¿Qué evaluará la SUNAT si le cobro regalías a mi empresa por el uso de mi marca?
Cobrar regalías a tu empresa por el uso de tu marca puede ser una estrategia fiscalmente eficiente, siempre y cuando se realice de manera correcta, con el debido respaldo económico y documental.
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Empresa: Jalil Mardini Burgos / Código de asociado CCL: 00048321.3
Sandi Narciso
Cobrar regalías a tu propia empresa por el uso de tu marca puede ser una estrategia beneficiosa desde el punto de vista tributario, pero también conlleva riesgos si no se realiza correctamente. La SUNAT (Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria) se enfoca en una serie de factores para evaluar si estas operaciones cumplen con las normativas y no constituyen mecanismos de elusión fiscal.
A continuación, detallamos los principales aspectos que la SUNAT revisará en este tipo de transacciones, según Jalil Mardini Burgos, abogado del área tributaria del Estudio Muñiz.
El uso gratuito previo de la marca
Uno de los primeros puntos que la SUNAT examinará es si la empresa utilizaba la marca sin costo alguno antes de formalizar un acuerdo de regalías. Cuando una empresa ha utilizado una marca de manera gratuita durante un tiempo prolongado, y de repente comienza a pagar por su uso, la SUNAT podría cuestionar el motivo de este cambio, ya que se empieza a cobrar por el uso de una marca que anteriormente era utilizada gratuitamente.
Cambios en la titularidad de la marca
Otro tema que la SUNAT investiga es el cambio de titularidad de la marca. Un escenario común de elusión fiscal ocurre cuando la empresa era originalmente dueña de la marca, pero no renovó el registro y este pasó a ser propiedad de un accionista o persona natural vinculada a la compañía. Posteriormente, se cobran regalías a la empresa por el uso de esa misma marca. Este tipo de operación es considerado un esquema de elusión si no se justifica de manera adecuada la transferencia de la marca y la lógica detrás de las regalías impuestas.
Valor de las regalías y justificación económica
La SUNAT pone especial atención en el valor económico de las regalías. Durante una fiscalización, es probable que te soliciten un estudio económico que justifique el valor de la marca y la razón por la cual esta genera ingresos para la empresa. Es fundamental contar con un Estudio de Precios de Transferencia que respalde que las regalías cobradas están en línea con el valor de mercado, especialmente si las operaciones se realizan entre partes vinculadas.
Documentación de respaldo
La correcta documentación es esencial para evitar sanciones o ajustes tributarios. Es imprescindible tener pruebas que acrediten que la empresa realmente utiliza la marca y que esta le genera valor. Entre los documentos recomendados están las propuestas membretadas, publicidad en revistas, en la web o cualquier otro aviso publicitario que demuestre el uso efectivo de la marca. Una falta de documentación adecuada puede llevar a que la SUNAT rechace la deducción del gasto por regalías.
Estudio de precios de transferencia: un requisito clave
Si las regalías se pagan a una persona vinculada, la normativa de precios de transferencia será clave en el análisis de la SUNAT. Es obligatorio realizar un Estudio de Precios de Transferencia para justificar que las regalías son acordes al valor de mercado y que las operaciones no están sobrevaluadas. Este estudio debe estar bien fundamentado y cumplir con los requisitos establecidos en la normativa peruana.
Consecuencias de no justificar las regalías
Si la SUNAT determina que las regalías no están justificadas adecuadamente, puede proceder a rechazar la deducción del gasto por regalías. Esto puede resultar en ajustes tributarios significativos y multas adicionales. Por ello, es crucial que la empresa tenga un respaldo sólido y una correcta valoración económica de la marca.
La importancia de un acuerdo formal de licenciamiento
Para evitar problemas con la SUNAT, es recomendable tener un acuerdo formal de licenciamiento entre la persona natural y la empresa que especifique los términos de uso de la marca, así como las regalías a cobrar. Este acuerdo debe estar debidamente documentado y respaldado por estudios económicos que justifiquen el valor de la marca en el mercado.
Asesoramiento adecuado para minimizar riesgos
Finalmente, dado que las operaciones de regalías entre personas naturales y sus empresas pueden ser objeto de escrutinio por parte de la SUNAT, es fundamental contar con asesoría legal y tributaria especializada. Esto no solo garantiza que las operaciones sean transparentes y cumplan con la normativa vigente, sino que también minimiza el riesgo de contingencias tributarias en el futuro.
En resumen, cobrar regalías a tu empresa por el uso de tu marca puede ser una estrategia fiscalmente eficiente, siempre y cuando se realice de manera correcta, con el debido respaldo económico y documental.
Con información de Jalil Mardini Burgos, abogado del área tributaria del Estudio Muñiz.
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