• SUNAT refuerza la lucha contra la 'venta de facturas' a través de nuevas medidas de control

    La decisión implementada por la SUNAT representa un paso crucial en la lucha contra la evasión fiscal en el país.


    Jalil Mardini Burgos es asociado a la Cámara de Comercio de Lima. (Foto: Difusión).
    27 de febrero del 2024
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    Jalil Mardini Burgos - Experto en tributación empresarial

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    Sandi Narciso

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    En un paso significativo hacia la erradicación de prácticas fraudulentas en el ámbito tributario, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) ha anunciado la implementación de un novedoso mecanismo de control dirigido a combatir la problemática de la "venta de facturas" llevada a cabo por empresas "fantasma", según informó Jalil Mardini, abogado del área tributaria del Estudio Muñiz.

    Según el nuevo mecanismo, la SUNAT se enfocará en identificar aquellas empresas que carezcan de recursos económicos, financieros, materiales y/o humanos para respaldar las operaciones consignadas en los comprobantes de pago que emiten. En caso de que se constate esta falta de capacidad operativa, dichas empresas serán calificadas como "Sujetos sin capacidad operativa".

    La calificación como "Sujetos sin capacidad operativa" conlleva consecuencias significativas para estas empresas. Los comprobantes de pago emitidos por estos sujetos ya no permitirán ejercer el derecho al crédito fiscal del Impuesto General a las Ventas (IGV) ni sustentar el costo o gasto deducible en el Impuesto a la Renta.

    Esta medida, que se espera tenga un impacto trascendental en el mundo empresarial, representa un avance significativo en la lucha contra la evasión fiscal. Al privar a las empresas "fantasma" de los beneficios fiscales asociados con la emisión de comprobantes de pago, la SUNAT busca desincentivar prácticas fraudulentas y proteger la integridad del sistema tributario.

    Se recomienda a las empresas la implementación de protocolos rigurosos para evaluar a sus proveedores y validar que no han sido calificados como "Sujetos sin capacidad operativa". Esta precaución busca prevenir la pérdida de créditos, costos y gastos tributarios que podrían surgir al realizar transacciones con empresas que carecen de la capacidad operativa necesaria.

    En resumen, "la medida adoptada por la SUNAT marca un paso crucial en la lucha contra la evasión fiscal en el país. Las empresas ahora tienen la responsabilidad de asegurarse de que sus operaciones comerciales estén respaldadas por proveedores que cumplen con los requisitos establecidos por la administración tributaria, evitando así posibles sanciones y pérdidas económicas", concluye el especialista Jalil Mardini, asociado a la Cámara de Comercio de Lima.

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